Beneficiarios

A los efectos establecidos en los Estatutos de la Fundación, podrán ser beneficiarias de las actividades desarrolladas por la Fundación, aquellas personas de nacionalidad española o extranjera, con residencia en España, que tengan una discapacidad igual o superior al 33% atribuida a la deficiencia visual, acreditada mediante el correspondiente certificado de discapacidad de la Administración Pública competente, al objeto que se cumplan los requisitos y parámetros de la baja visión (entre 0,1 y 0,3 de agudeza visual y entre 10º y 20º de campo visual).

También serán beneficiarias aquellas personas, que, cumpliendo los requisitos del apartado anterior, pertenezcan a entidades españolas especializadas en el sector de la Baja Visión. Dichas personas serán las destinatarias de los proyectos que dichas entidades presenten a la Fundación al amparo de los convenios institucionales que se firmen al efecto.

En el primer trimestre del 2025 la fundación ONCE Baja Visión habilitará un portal a través de esta Web para darse de alta como beneficiario, pudiendo, de esta forma, acceder a los servicios prestados por esta entidad.

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